solar_power Ahorra hasta 50% en tu factura

Cuánto tarda la conexión de paneles solares en Colombia? Plazos reales por etapa y qué hacer si el operador de red se demora

TV

Por Thomas Van Holder

Fundador de Condor Energy

verified Revisado: Sep 15 schedule 7 min de lectura
electric_meter En resumen

Si ya instaló (o está instalando) paneles solares para autogeneración, probablemente su mayor inquietud sea cuánto debe esperar para que el operador de red, la empresa que administra las redes eléctricas de su zona, apruebe y energice su sistema. La respuesta corta: no existe un…

balance Resolución CREG 174 de 2021

Si ya instaló (o está instalando) paneles solares para autogeneración, probablemente su mayor inquietud sea cuánto debe esperar para que el operador de red, la empresa que administra las redes eléctricas de su zona, apruebe y energice su sistema. La respuesta corta: no existe un único plazo legal total, sino plazos separados por etapa, y usted tiene herramientas claras si la empresa se pasa de esos plazos. Aquí encontrará qué tiempos aplican a su caso, cómo evitar demoras evitables y qué hacer si el trámite se atasca.

Plazos del operador de red por etapa, no un único plazo legal total

La Resolución CREG 174 de 2021 y sus modificaciones, que regula la autogeneración a pequeña escala (AGPE), no fija un plazo máximo total para conectar un sistema solar. Lo que hace es fijar plazos para cada etapa del procedimiento de conexión, que están detallados en el Anexo 5 de la resolución. El tiempo real dependerá de su capacidad instalada, del nivel de tensión de conexión y de si hay subsanaciones de documentos en el camino.

Para el caso típico de una vivienda, finca o pequeño negocio, es decir, un AGPE con entrega de excedentes y capacidad de 100 kW o menos conectado en nivel de tensión 1 (la red de baja tensión donde se conectan los usuarios residenciales), los plazos del operador de red son:

Etapa Plazo del operador de red
Revisión de que la documentación esté completa 2 días hábiles
Verificación técnica de los documentos (nivel de tensión 1) 5 días hábiles
Presentarse en el sitio para energizar, tras su solicitud de entrada en operación 5 días hábiles

Como referencia aplicada (no como norma): si no hay subsanaciones, las revisiones del operador suman unos 7 días hábiles, más hasta 5 días hábiles para la visita de energización. Eso no es un "plazo legal total", es simplemente la suma de etapas.

Estos plazos legales aplican por igual a cualquier operador de red del país, sea Enel, EPM, Celsia u otra empresa: las diferencias entre ellas son de gestión, no de reglas. Los tiempos reales de su caso los puede observar en el estado del trámite en el sistema en línea.

Tenga en cuenta tres precisiones:

  • Si su conexión es en nivel de tensión 2 o 3, la verificación técnica pasa de 5 a 10 días hábiles (Anexo 5, Tabla 4).
  • Si su sistema supera los 100 kW (o el circuito está saturado), aplica el estudio de conexión simplificado, un carril más largo: el operador entrega la información en 5 días hábiles, usted tiene 5 meses para elaborar el estudio y el operador lo revisa en 20 días hábiles.
  • Si el operador pide subsanar, usted tiene 5 días hábiles para responder y el reloj del operador se pausa mientras tanto.

Sobre los costos: la solicitud y las revisiones no tienen costo, la primera visita de energización tampoco y, para sistemas de hasta 100 kW, la segunda visita es gratuita si se programa dentro de los 7 días hábiles siguientes a la primera. Visitas adicionales, el estudio (si el operador lo ofrece) y las obras de ampliación de red sí pueden cobrarse, y el operador solo puede cobrar valores que haya publicado en su página web.

Verificar la disponibilidad del circuito antes de radicar la solicitud

Antes de solicitar la conexión, verifique en la página web de su operador de red si el circuito o transformador de su barrio tiene capacidad disponible. Cada operador debe tener un mapa georreferenciado gratuito, al que se accede solo con un correo electrónico y contraseña, que muestra la ocupación de cada transformador con un código de colores: verde, amarillo, naranja o rojo según qué tan cerca esté de los límites técnicos.

Ese límite, en nivel de tensión 1, es que la suma de la potencia de todos los sistemas solares que entregan energía a un mismo circuito no supere el 50% de su capacidad nominal (artículo 6). Cuando el punto está en rojo, no lo niegan automáticamente: se pasa al trámite con estudio de conexión simplificado y los costos de ampliar la red los cubre el solicitante (artículo 17). En la práctica, un punto naranja o rojo anticipa un trámite más largo y posiblemente costoso, así que conviene consultarlo antes de comprar equipos. Además, descargue el archivo de esa consulta: es uno de los documentos que debe cargar con su solicitud.

Preparar la documentación completa desde el inicio para evitar demoras evitables

La demora más común está en manos del propio solicitante: documentación incompleta. La subsanación solo puede pedirse una única vez por etapa, y si usted no responde a tiempo se entiende que desistió del trámite. Por eso, entregar todo completo desde la radicación es la principal forma de no demorarse. Para un AGPE de hasta 100 kW con entrega de excedentes, los documentos tipo son:

  • Formulario de conexión simplificado, correctamente diligenciado.
  • Certificado de capacitación o experiencia del instalador (al menos un año de experiencia en la tecnología o un certificado de capacitación).
  • Manual del inversor o del dispositivo que controla la inyección a red, si aplica.
  • Archivo de la consulta de disponibilidad de red descargado del sistema del operador.
  • Certificado de producto de los inversores emitido por un organismo de certificación acreditado.
  • Diagramas unifilares, esquema de puesta a tierra y protecciones, y distancias de seguridad, conforme al RETIE, el Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas.

Dos protecciones a su favor: el operador no puede solicitar documentación adicional a la especificada en la regulación, y la revisión inicial es solo documental, no un juicio técnico. Si le piden requisitos distintos a los previstos, eso es materia de reclamo.

Seguir el trámite y sus costos en el sistema en línea o la ventanilla única

Cada operador de red debe tener un sistema de trámite en línea donde usted puede radicar la solicitud, recibir notificaciones electrónicas y ver en qué paso está el proceso, con las fechas de inicio y finalización de cada etapa (artículo 8). Las solicitudes nuevas se gestionan a través de la ventanilla única, la plataforma nacional que implementa el Ministerio de Minas y Energía; en todo caso, quien resuelve la solicitud sigue siendo el operador de red.

Idea clave: las fechas registradas en el sistema son su mejor evidencia. Si una etapa supera su plazo legal, esa constancia es la base de cualquier reclamo.

Active su usuario y contraseña tan pronto inicie el trámite y revise periódicamente el estado de la solicitud. El sistema también debe incluir un botón de peticiones, quejas y reclamos (PQR), donde queda evidenciada su solicitud y la respuesta del operador.

Actuar si el operador de red no responde o se pasa de los plazos

Si el operador no ejecuta alguna acción dentro de los plazos del procedimiento, usted tiene una ruta de acción respaldada por la regulación:

  1. Reúna la evidencia. Descargue o capture del sistema en línea las fechas de inicio y fin de cada etapa y el punto exacto donde se detuvo el trámite.
  2. Use el botón de PQR del sistema de trámite para dejar constancia formal de la demora y exigir respuesta.
  3. Informe a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), la entidad de vigilancia y control del sector, para lo de su competencia. La propia resolución ordena este paso cuando el operador incumple los plazos (Anexo 5, literal ix).
  4. Sepa que la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) puede investigar y sancionar cualquier conducta del operador o del comercializador que dificulte, excluya u obstruya la conexión.

Estas acciones se apoyan en las obligaciones del operador de red del artículo 30: cumplir diligentemente los plazos, no negar ni dilatar información, dar el mismo tratamiento a todos los interesados y abstenerse de pedir requisitos no previstos. Recuerde también que la negación de una solicitud, cuando ocurre, debe estar justificada técnica y normativamente, y usted puede iniciar un nuevo trámite en cualquier momento.

Vender tus excedentes

¿Piensas instalar paneles solares y vender lo que no consumes?

Cotiza con nuestros instaladores certificados y recibe respuesta en menos de 24 horas, sin demoras en el trámite.

Preguntas frecuentes

No existe un plazo único de aprobación de 7 días hábiles. La regulación fija plazos por etapa en el Anexo 5. Para un AGPE de hasta 100 kW en nivel de tensión 1, son 2 días hábiles de revisión de completitud, 5 días de verificación técnica y 5 días para presentarse a energizar tras su solicitud de entrada en operación. Los 7 días hábiles aparecen solo como plazo para programar una segunda visita sin costo cuando la primera no es satisfactoria.

TV
Sobre el autor

Thomas Van Holder

Fundador de Condor Energy. Vive en Colombia con su propio sistema solar off-grid y comparte, sin tecnicismos, lo que aprende sobre la energía solar en el país: qué funciona de verdad, cuánto se puede ahorrar y cómo conectarse a la red.

link LinkedIn

menu_book Fuentes y normativa

  • Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) - Resolución 174 de 2021
  • Unidad de Planeación Minero Energética (UPME) - Guía del Autogenerador AGPE
  • Ministerio de Minas y Energía - Reglamento Técnico de Instalaciones Eléctricas (RETIE)